Adolfo Solís Gómez y el C4: omisiones, privilegios y una seguridad que no cumple la ley

Por Raúl González Nova

Almoloya de Juárez, Mexico.- crisis de credibilidad en el área de seguridad de #AlmoloyaDeJuarez  ya no es únicamente percepción ciudadana: está vinculada a obligaciones legales concretas que, de confirmarse los señalamientos, podrían implicar responsabilidades administrativas y políticas bajo la gestión de #AdolfoSolísGómez  presidente municipal de Almoloya de Juárez.
Marco legal que no es opcional
La Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública establece que todo integrante de instituciones policiales debe contar con:
Evaluaciones de control de confianza vigentes
Certificación periódica
Profesionalización obligatoria
Apego a los principios de legalidad, eficiencia y honradez
Asimismo, la Ley General de Responsabilidades Administrativas tipifica como falta grave el uso indebido de recursos públicos.

Estas disposiciones aplican en todo el país, incluido el municipio gobernado por Adolfo Solís Gómez, presidente municipal de Almoloya de Juárez.
El C4 bajo la administración municipal
Un Centro de Control, Comando, Comunicación y Cómputo (C4) debe operar 24/7 con monitoreo permanente, prevención y reacción inmediata ante emergencias.

Ciudadanos han señalado públicamente que el C4 de Almoloya de Juárez no estaría cumpliendo con estos estándares, pese a contar con infraestructura financiada con recursos municipales.

El reciente accidente de una revolvedora en una vialidad principal vuelve a colocar bajo escrutinio la capacidad operativa del sistema de videovigilancia. En zonas estratégicas como la UPVT y la avenida Benito Juárez, la ausencia de alertas preventivas genera cuestionamientos técnicos legítimos.

Si el monitoreo es permanente, ¿por qué no hubo reacción anticipada?
Señalamientos sobre uso de recursos
También existen señalamientos ciudadanos sobre el presunto uso de patrullas, elementos policiales y combustible para traslados personales del coordinador del C4.

De comprobarse, podría configurarse una posible falta administrativa grave. La investigación corresponde a las autoridades competentes, pero el silencio institucional no contribuye a la transparencia.

La responsabilidad política directa
De acuerdo con la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, el alcalde es el jefe de la administración pública municipal y responsable del funcionamiento de sus dependencias.

En este caso, el responsable político es Adolfo Solís Gómez, presidente municipal de Almoloya de Juárez.
Si existen cuestionamientos reiterados y no se ordena revisión interna, auditoría o informe público, la omisión se convierte en un tema de gobernanza.

La seguridad pública no puede administrarse con criterios de cercanía política, sino con legalidad y supervisión estricta.

Datos que no admiten interpretación
El C4 no es escolta privada.
Las patrullas no son transporte personal.
La ley no es opcional.
La pregunta ya no es únicamente si el coordinador del C4 ha fallado.
La pregunta es por qué Adolfo Solís Gómez, presidente municipal de Almoloya de Juárez, no ha informado públicamente sobre estos señalamientos ni transparentado el cumplimiento de los requisitos legales del área de seguridad.

En materia de seguridad pública, la omisión también gobierna.
Y gobernar implica responder.

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